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Desde el campo de la antropolog a
Desde el campo de la antropología también y como consecuencia de muchas discusiones internas, la American Anthropological Association afirmó en su declaración sobre Derechos Humanos de 1999, (sepultando la vieja declaración de 1947) que como antropólogos/as respetan la diversidad cultural ante la uniformidad legal de Occidente, y que tienen una concepción dinámica de los Derechos Humanos. Sin embargo, en términos prácticos hay un piso que hay que respetar y desde el cual comenzar p2y receptor trabajar: la Declaración Universal de ddhh, la Convención Internacional de Derechos de los Niños y Niñas y Adolescentes, las Convenciones sobre Derechos Sociales y Políticos, sobre Derechos Económicos y Culturales, Contra la Tortura, a favor de la Eliminación de toda forma de Discriminación de la Mujer, la de Derechos Sexuales y Reproductivos, entre otras ().
Es que cada vez existe mayor conciencia de que el relativismo cultural en realidad es moral, y en un mundo comunicado y global, sirve a los intereses que provocan sufrimiento. Si bien las identidades son útiles para la lucha política por reivindicaciones específicas, es necesario, a los fines analíticos, que el foco esté puesto en las relaciones sociales que convierten a esa diferencia en opresión. No se puede tratar a la diversidad como parte exclusiva de la cultura. El resultado es que deja de lado los problemas materiales y las relaciones de poder.
En este sentido sería importante como antropólogos y antropólogas pensar los criterios que utiliza Elizabeth Zechenter (1997) para investigar la diversidad cultural desde una perspectiva crítica. Ella considera que en lugar de utilizar la cultura como explicación y justificación de todos los comportamientos, sería más fructífero analizar: a) a qué intereses sirven las costumbres tradicionales y a quiénes perjudican; b) por qué algunas costumbres son abandonadas y otras se mantienen o recuperan y por quiénes; c) quiénes se benefician con los cambios en las prácticas culturales y quiénes con el mantenimiento del statu quo; d) quiénes están influyendo en la dinámica y la dirección interna del cambio cultural y hasta qué punto beneficia a los más desprotegidos.
Insistimos en que determinadas prácticas culturales tienen consecuencias graves sobre la salud y la vida de las mujeres. Negar la posibilidad de cambios al respecto es no tener en cuenta que, como afirma Segato (2004), el derecho moderno, no solo entra en tensión con las diversas culturas que habitan en el continente, sino que también con las costumbres del propio Occidente, que tuvo y tiene que modificar patrones socioculturales de conducta. “En todos los contextos, la ley se encuentra, o debería encontrarse, en tensión con la costumbre cuando cualquiera de los dominios del sistema jerárquico de estatus arraigado en la vida
socia
l de todos pueblos es puesto en cuestión —género, raza o religion— entre otros” (Segato 2004: 5).
Por último, y como tengo muy clara la diferencia entre etnocentrismo y solidaridad y creo que la empatía con quienes son víctimas de la desigualdad y la opresión es un imperativo para cualquier cientista social, cito a Plasmid Judith Stacey para concluir este artículo: “Dudo que una concepción radicalmente relativista del conocimiento o de la verdad sea compatible con cualquier forma de ética o compromiso político. Rara vez las verdades múltiples son al mismo tiempo, verdades éticas” (Stacey 1994: 419)
Introducción
A pesar de que los conflictos entre los derechos de las mujeres y la cultura no son un tema reciente, últimamente ha cobrado una inusitada actualidad, sobre todo en los medios de comunicación internacionales debido a varios factores que no tienen necesariamente que ver con un mayor interés por los derechos de las mujeres. Uno de esos factores es el enfrentamiento entre Occidente y Oriente del cual se ha derivado el interés del primero en acusar al segundo de vulnerar los derechos de las mujeres bajo la excusa de su cultura y su religión, en respuesta Oriente ha acentuado las notas diferenciadoras de su cultura y su religión para permanecer impermeable a las imposiciones de Occidente, imposiciones entre las cuales incluye los derechos de las mujeres. Como se ve, en este conflicto las mujeres están bajo una especie de fuego cruzado en el que ninguna de las partes está en realidad interesada primariamente en la vigencia de sus derechos. Otro de esos factores que han hecho cobrar relevancia al tema es el reclamo de las minorías étnicas y raciales consistente en el respeto y preservación de su identidad, reclamo legítimo que ha tenido eco internacional y que en ocasiones ha chocado con el reconocimiento de la igualdad sexual.